El Estado es aconfesional, el Ayuntamiento de Cartaya también debe serlo

La fotografía publicada por el Ayuntamiento de Cartaya muestra una escena que, más allá de la tradición y la religiosidad popular, debería invitar a una reflexión profunda sobre los límites entre lo público y lo confesional. En el centro de la imagen, el alcalde porta la vara de mando (símbolo de su representación institucional) mientras participa en una procesión religiosa en Semana Santa, acompañado por otros cargos públicos que también exhiben medallas y distintivos en un contexto marcadamente confesional.

Este gesto no es anecdótico: es profundamente problemático. La vara de alcalde no representa la fe católica, ni a una cofradía, ni siquiera a una parte de la ciudadanía. Representa a todos los cartayeros y cartayeras, independientemente de su religión, creencias, o ausencia de ellas. Su uso en actos religiosos vulnera de forma simbólica (y, en ciertos casos, incluso legal o reglamentaria) el principio constitucional de aconfesionalidad del Estado recogido en el artículo 16.3 de la Constitución Española.

La aconfesionalidad no significa negar la religión, sino garantizar que ninguna confesión tenga carácter estatal ni se confunda con los actos públicos o el poder institucional. La participación de un cargo electo en una procesión es legítima a título personal, como ciudadano. Pero portar símbolos institucionales, como la vara de mando o la medalla municipal, mientras se marcha en una manifestación religiosa, es una instrumentalización del poder público en favor de una creencia concreta, en este caso el catolicismo.

Este tipo de conductas, por más arraigadas que estén en determinadas localidades, no pueden justificarse por tradición. Lo que en otro tiempo fue norma, hoy debe ser revisado a la luz de los valores democráticos de pluralismo, neutralidad y respeto a la diversidad religiosa y no religiosa.

La foto, difundida por los canales oficiales del Ayuntamiento, refuerza esta confusión entre lo público y lo confesional, presentando lo que debería ser una devoción privada como un acto institucional, respaldado por la representación pública del municipio. Y ese es el verdadero problema: se utiliza el peso del poder público para legitimar una opción religiosa concreta, marginando simbólicamente a quienes no comparten esa fe.

Tomada de la página de Facebook del Ayuntamiento de Cartaya

Es urgente recordar que la neutralidad institucional no es falta de respeto hacia la religión, sino respeto hacia todos. Y en una sociedad diversa, plural y moderna, la neutralidad no es solo una obligación legal: es una necesidad ética.

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